SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2015-S2

Fecha: 25-Ago-2015

II.5.

II.5.    El 17 de enero de 214 la ahora accionante, envió correo electrónico a Norah Agustina Mendoza Soria, y José Roberto Goytia Marañón, con copia a Vania Muñoz Gamarra, señalando que el 6 de diciembre de 2013 envió a la administradora su programación de vacaciones para la gestión 2014, que fue negada por la misma autoridad, no obstante comunicó que tomaría las vacaciones en las fechas indicadas (fs. 288 a 289).