SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2015

Fecha: 03-Sep-2015

d)

d)  En cuanto el art. 6.III de la Resolución Normativa de Directorio 10-0022-14 y la supuesta vulneración del derecho a la igualdad, se tiene que la Administración Tributaria tiene como ente normativo la facultad de poder regular el plazo para emitir proveídos de rechazo, con el objeto de que los trámites sean ágiles, rápidos y oportunos, lo que no lesiona la normativa constitucional, y se adecua a lo establecido por el art. 109 del CTB, enmarcándose en lo dispuesto por la Ley 3092, razón por la cual no existe tampoco vulneración al principio de legalidad.