SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2015

Fecha: 30-Sep-2015

acciones de inconstitucionalidad concreta

En las acciones de inconstitucionalidad concreta interpuestas por Jean Claude Sarry, Cinthya Villarroel Sandoval, Carlos Modesto Chávez Condori, Roberto Vladimir Sandoval Ríos, Carolina Veizaga Peñaloza en representación legal de Waldo Edson Terán Gamboa y Gonzalo Germán Murillo Azcarraga; Juan Carlos Peña Severiche, María Teresa Toro Baspineiro en representación legal de la IMPORTADORA PROAGI S.R.L.; Humberto Mercado Flores en representación legal de Guadalupe Mamani Mamani; Miguel Ángel Crespo Carreón en representación legal de “CREYLAND MOTORS Ltda.; Roberto Carlos Cuellar Alderete en representación legal de Grover Tupa Tupa; y, Juan Guillén Caballero, demandando la inconstitucionalidad de la última parte del art. 1 de la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012 -del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013-; de sus Disposiciones Adicionales Décima Octava; Décima Novena y Vigésima; así como de sus Disposiciones Transitoria Segunda y Final Segunda de la misma Ley; y, por conexitud de los arts. “273” y 275 del Decreto Supremo (DS) 1487 de 6 de febrero de 2013, por ser presuntamente contrarias a los arts. 56, 57, 115.II, 116, 117.I, 119, 120, 158.I.3 y 11, 159.6 y 8, 178, 321.II y III; y, 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 y 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.2, 21.1, 22 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).