SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2015
Fecha: 30-Sep-2015
acciones de inconstitucionalidad concreta
En las acciones de inconstitucionalidad concreta interpuestas por Jean Claude Sarry, Cinthya Villarroel Sandoval, Carlos Modesto Chávez Condori, Roberto Vladimir Sandoval Ríos, Carolina Veizaga Peñaloza en representación legal de Waldo Edson Terán Gamboa y Gonzalo Germán Murillo Azcarraga; Juan Carlos Peña Severiche, María Teresa Toro Baspineiro en representación legal de la IMPORTADORA PROAGI S.R.L.; Humberto Mercado Flores en representación legal de Guadalupe Mamani Mamani; Miguel Ángel Crespo Carreón en representación legal de “CREYLAND MOTORS” Ltda.; Roberto Carlos Cuellar Alderete en representación legal de Grover Tupa Tupa; y, Juan Guillén Caballero, demandando la inconstitucionalidad de la última parte del art. 1 de la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012 -del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013-; de sus Disposiciones Adicionales Décima Octava; Décima Novena y Vigésima; así como de sus Disposiciones Transitoria Segunda y Final Segunda de la misma Ley; y, por conexitud de los arts. “273” y 275 del Decreto Supremo (DS) 1487 de 6 de febrero de 2013, por ser presuntamente contrarias a los arts. 56, 57, 115.II, 116, 117.I, 119, 120, 158.I.3 y 11, 159.6 y 8, 178, 321.II y III; y, 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 y 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8.2, 21.1, 22 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acciones de inconstitucionalidad concreta
- 03501-2013-08-AIC
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia
- 273 y 275 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870, de 11 de agosto de 2000, el segundo, modificado por el parágrafo XXXV del Artículo 2 del Decreto Supremo 1487, de 06 de febrero de 2013
- Álvaro Marcelo García Linera, Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- DÉCIMA NOVENA
- VIGÉSIMA.
- SEGUNDA.
- I.
- III.
- II.
- Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La cosa juzgada constitucional
- 1)
- Respecto de la cosa juzgada constitucional
- ii) Respecto de la inconstitucionalidad en la forma de las Disposiciones
- iii) Respecto de la constitucionalidad en el fondo de las Disposiciones Adicionales Décima Octava, Décima Novena y Vigésima de la Ley 317
- 3°
- IMPROCEDENTE