Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
Luis Joaquín Trigo Torrico
En revisión la Resolución 20/2015 de 12 de marzo, cursante de fs. 300 a 304 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Joaquín Trigo Torrico, por sí y en representación legal de Sandra del Rosario Amelia Tardío de Trigo contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, Lineth Marcela Borja Vargas, Gualberto Terrazas Ibañez y Javier Celis Ortuño, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Lastenia Quiroga, Jueza Primera, de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Sacaba del departamento de Cochabamba.
- Luis Joaquín Trigo Torrico
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 15
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria. jurisprudencia constitucional reiterada y consolidada
- porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3. Análisis del caso concreto
- no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción ordinaria
- CONFIRMAR