Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
a)
Solicitó se conceda la protección, disponiendo: a) Dejar sin efecto la nota GC/DESP/199/2014 de 10 de febrero, de “Resolución de Contrato Licitación Pública N° SDC/LP 01/2013” (sic); b) Dejar sin efecto “la publicación del SICOES y en el RUPE” (sic), respecto a la citada resolución; y, c) Se disponga la restitución del valor de la boleta de garantía bancaria BG-026580-0200, emitida por el Banco Bisa, ordenando el pago de costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 21
- contratación de bienes y servicios
- e encuentren controvertidos
- los conflictos suscitados durante
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR