SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

II.6.

II.6.  El 3 de diciembre de 2013, mediante comunicación interna SDC/COM-REC/C.I. 002/2013, se puso en conocimiento de la empresa PROMISA S.A., el informe de comisión de recepción SDC/COM-RECP-C.I 001/2013 (“Observación marca motor de motoniveladora New holland”, cuya última parte refirió: “…esta comisión no se encuentra conforme con el motor entregado…”), por la que se solicitó dar cumplimiento al numeral 33.4 de la cláusula 32 del contrato suscrito (señala la posibilidad de rechazo de los bienes cuando no cumplan con las especificaciones técnicas pudiendo el proveedor reemplazarlos o incorporar las modificaciones necesarias)         (fs. 125 a 132).