Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
II.1.
II.1. El 18 de octubre de 2013, mediante Testimonio 1662/2013, se elevó a la categoría de escritura pública, el contrato de adquisición de “Equip. Maquinaria y equipo” (sic), de 30 de septiembre de igual año, suscrito entre la empresa “PROMISA S.A.” y el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, a través del SEDCAM, conforme a la Resolución de Adjudicación 155/2013, que derivó de la licitación pública CUCE 13-0903-00-396500-1-1, que mediante su DBC estableció las condiciones de la contratación (fs. 80 a 114).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 21
- contratación de bienes y servicios
- e encuentren controvertidos
- los conflictos suscitados durante
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR