Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
acciones de amparo constitucional
En revisión la Resolución 174/2015 de 16 de abril y Auto complementario 185/2015 de 22 de abril, cursantes de fs. 133 a 135 y 147 a vta. (Exp. 10786-2015-22-AAC) respectivamente, así como la Resolución 197/15 de 24 de junio, cursante de fs. 211 a 222 vta. (Exp. 11609-2015-24-AAC), dentro de las acciones de amparo constitucional interpuestas por Gonzalo Varnoux Serrano contra Ramiro José Guerrero Peñaranda, Fiscal General del Estado Plurinacional de Bolivia.
- acciones de amparo constitucional
- I.1.1. Contenido de la demanda
- I.1.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.2.1. Contenido de la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3.Petitorio
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario;
- 1) La petición de manera individual o colectiva, verbal o escrita; 2) La obtención de respuesta, sea esta favorable o desfavorable; 3) La prontitud y oportunidad de la respuesta; y 4) La respuesta en el fondo de la petición;
- Fragmento 22
- III.2. Funcionarios provisorios o eventuales
- los funcionarios designados y los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios, por cuanto su ingreso a una entidad pública no es resultado de aquellos procesos de reclutamiento y selección de personal, sino que obedece a una invitación personal del máximo ejecutivo para ocupar determinadas funciones de confianza o asesoramiento en la institución
- III.3. Análisis del caso concreto.
- III.3.1. Respecto a lo alegado en el Expediente 10786-2015-22-AAC
- III.3.2. Sobre la problemática expuesta en el Expediente 11609-2015-24-AAC
- III.3.2.1.
- III.3.2.2.
- conceder parcialmente
- 1°