SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

II

II.6.  Cursa Certificación “FGE-JE-RR-HH Nº 128/2015 de 15 de abril, emitida por la Jefatura de Escalafón de Recursos Humanos de la Fiscalía General del Estado, la cual señaló que la designación del accionante como Fiscal de Materia I, no obedeció a convocatoria pública interna o externa y que se constituye en un servidor de carácter eventual (fs. 110 Exp. 10786).

II.7.  En cumplimiento de la Resolución 174/2015 de 16 de abril, emitida como emergencia de una primera acción de amparo, la Fiscalía General del Estado, el 22 de abril de 2015, notificó personalmente al ahora accionante con la nota “CITE FGE/RJGP/DAJ Nº 022/2014 de 28 de octubre” (fs. 11 Exp.11609).

II.8.  A través de las notas que corren de fs. 97 a 102 (Exp. 11609), presentadas por el hoy accionante el 26 de noviembre, 2 y 23 de diciembre de 2014, así como el 15 de enero y 25 de febrero de 2015, a la Dirección Nacional de Recursos Humanos de la Fiscalía General del Estado Plurinacional de Bolivia, el mismo hizo conocer que cuenta con certificado de incapacidad temporal que comprende del 23 de septiembre al 3 de octubre, del 24 al 27 de noviembre, del 25 de ese mes al 4 de diciembre, del 5 al 10 y del 18 al 19 de igual mes, todos de 2014.