SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1122/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
1)
Gueisa Juárez Mendoza, Directora Distrital de Educación a.i. de Guayaramerín, mediante informe escrito cursante a fs. 347 y vta., argumentó que: 1) Dentro del proceso disciplinario de referencia se limitó a dar cumplimiento con las diligencias de rigor, en cuanto a las notificaciones con las Resoluciones correspondientes se predispuso oportunamente las copias legalizadas solicitadas por el accionante, quien tuvo acceso libre al legajo procesal; 2) El impetrante de tutela emplea argumentos de hecho y derecho tergiversados; y, 3) Habiéndose demostrado que el accionante incurrió en abuso de autoridad, amedrentamiento y otros, observando todos los pasos procedimentales regidos por las normas que regulan la materia y respetando derechos fundamentales y garantías constitucionales, se emitió la Resolución Final de Procesamiento Disciplinario 03/2015, estableciendo la responsabilidad administrativa contra el mismo, sancionándolo con la destitución del cargo de Director de la Unidad Educativa “Luis Añez Ortiz”. Por todo lo señalado solicitó se deniegue la tutela impetrada.
Valentín Roca Guarachi, Director Departamental de Educación de Beni, mediante su abogado en audiencia manifestó: 1) El propio accionante provocó su indefensión, pues si consideraba que su suspensión le causaba agravios debió haber impugnado en su momento, consintió la misma; y, 2) Las Resoluciones emitidas dentro del proceso seguido contra el accionante son congruentes, motivadas y amparadas en la normativa educativa apegaron a procedimiento.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 9
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- la congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR