Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1122/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
II.5.
II.5. El 8 de septiembre de 2015, el referido Tribunal Disciplinario, por Auto de Proceso 3/2015, dispuso la apertura del proceso administrativo Disciplinario contra el Director de la Unidad Educativa “Luis Añez Ortiz”, disponiendo como medida precautoria mantener la suspensión del accionante (fs. 179 a 180).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 9
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- la congruencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR