SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1297/2016-S3
Fecha: 23-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Con el fruto de su trabajo y para dedicarse a la actividad ganadera, adquirió una fracción del predio denominado “Campo Corazón” ubicado en el municipio Cabezas, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, con una superficie de 731,2960 ha de un total de 1312,3025 ha, mismo que cuenta con Título Ejecutorial MPANAL001050 de 25 de septiembre de 2009 emitido a favor de Braulio Ocampo Acuña, quien como propietario suscribió minutas de venta a favor de Carlos Barañado Ríos, Marino Barrios Hidalgo y Ana María Choque Laura -ahora sus vendedores-, quienes inicialmente obtuvieron la titularidad del mismo en dos fracciones y luego, para evitar la constitución de una pequeña propiedad y el impedimento para la actividad ganadera, obtuvieron del primero mencionado, una nueva minuta de venta en la cual se fusionó ambos terrenos logrando la superficie ya señalada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- por un simple indicio
- se evidenció la existencia de mejoras en el predio ‘CAMPO CORAZON’ que fueron implementados por los señores Carlos Barañado Ríos, Marino Barrios Hidalgo y David Herrera Núñez,
- a)
- i)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- Fragmento 25
- iii)
- iv)
- v)
- III.3. Otras consideraciones
- 2°