SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1297/2016-S3
Fecha: 23-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos invocados en la presente acción tutelar, señalando que tras disponerse la reversión del predio “Campo Corazón”, por Resolución Administrativa de Reversión RES-REV 024/2013 de 31 de diciembre, presentó demanda contencioso administrativa en la jurisdicción agroambiental; no obstante, las autoridades demandadas, por Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 08/2016 de 11 de febrero de 2016, si bien declararon improbada la misma, desconocieron los elementos de fundamentación, motivación y congruencia, sumado al hecho de haber incurrido en una valoración arbitraria y omisiva de la prueba, consolidando la reversión de la citada propiedad sobre la base de conclusiones formales, sin considerar que el registro de compra venta del mismo estaba en trámite, omitiendo valorar las mejoras realizadas, así como el incumplimiento de plazos en la verificación de la FES.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- por un simple indicio
- se evidenció la existencia de mejoras en el predio ‘CAMPO CORAZON’ que fueron implementados por los señores Carlos Barañado Ríos, Marino Barrios Hidalgo y David Herrera Núñez,
- a)
- i)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- Fragmento 25
- iii)
- iv)
- v)
- III.3. Otras consideraciones
- 2°