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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S1

    Fecha: 02-Dic-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicitaron se les conceda la tutela y se deje sin efecto el comunicado de 1 de junio de 2016 firmado por Mario Loza Callisaya como Presidente del Concejo Municipal de la referida entidad municipal, la convocatoria y acta de sesión ordinaria 69 de 2 del mismo mes y año, además de la Resolución Municipal 052/2016 del mismo día.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.2.
    • II.
    • II.5
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
    • III.2. Normativa aplicable a los concejos municipales en el
    • y/o en los temas que no hubieran legislado en el ámbito de sus competencias
    • actos de la Administración Municipal deben regirse de acuerdo a los presupuestos procedimentales establecidos en aquellos
    • III.3.  La elección de la directiva en los concejos municipales de los gobiernos autónomos municipales y el derecho de participar en el ejercicio y control del poder político
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • el derecho que tiene la persona, a recibir una eficaz y oportuna respuesta respecto al fondo de la solicitud
    • CONFIRMAR en parte

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