SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de una debida fundamentación y motivación, a la valoración de la prueba y al principio de verdad material, por cuanto el Auto Supremo 463/2015 debió inicialmente declarar la improcedencia del recurso de casación porque no cumplía con los requisitos previstos por el art. 258.2 del CPC y que además, no efectuó una adecuada fundamentación que demuestre los errores in judicando presuntamente cometidos por el Tribunal de apelación, sin pronunciarse respecto a lo principal del litigio en franca contradicción al art. 1446 del CC por no aplicar los arts. 271.4 y 274 del CPC; asimismo, los demandados procedieron a la valoración de la prueba, actuación que no correspondía al tratarse de una demanda de puro derecho, por lo que, dicha actividad le estaba restringida a los jueces de primera y segunda instancia; y que, no obstante reconocer el incumplimiento de requisitos para la procedencia de la acción pauliana, contradictoriamente casaron el fallo emitido en apelación, manteniendo firme y subsistente la Sentencia 155/2012, sin emitir pronunciamiento alguno respecto a su Auto complementario.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria y valoración de la prueba
- la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- REVOCAR en todo