SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S3

Fecha: 05-Feb-2016

ii)

ii)  La aludida asimilación de los principios del Derecho Penal por el Derecho Administrativo sancionador, implica en el caso de las notificaciones con determinados actuados, por un lado, la materialización del principio de publicidad de las actuaciones administrativas, y por otro, una garantía adicional determinada por la naturaleza del actuado procesal cuyo efectivo conocimiento debe garantizarse. Así, el conocimiento efectivo de un actuado de inicio del proceso o apertura de investigación, garantizará el derecho a la defensa de quien es sindicado por determinada conducta, y en el caso de una resolución final, la garantía de que el procesado pueda acceder a una segunda instancia a través de una impugnación;