SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S3

Fecha: 05-Feb-2016

v)

v) Del análisis de la mencionada norma, se advierte que la misma supedita la práctica de la notificación en “tablero de la Fiscalía”, a la inexistencia de un domicilio real y/o procesal, y también al caso de que “este” -domicilio- no fuere conocido, lo que implica que este tipo de notificación “en tablero” es supletoria de la notificación personal, y por tanto, la instancia disciplinaria se encuentra impelida de hacer conocer y en su caso justificar, porqué se recurre a este tipo de notificación, extremo que en el caso que nos ocupa no resulta evidente;