SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

i)

Pelagio Mamani Huarachi, ex Mallku Mayor del municipio de Salinas de Garci Mendoza; Lidia Vásquez Arcayne, ex Mama T’alla Mayor de la marka Salinas; Fortunato Nina Villca, ex Mayordomo; Dionicio Veliz García, Jilacata del Distrito 2; Segundino Vásquez Calani, ex Jilacata Mayor; Osmar Nina García, ex Alcalde de Mando, todos del ayllu Kulli Yaretani; Rolando Veliz García, ex Corregidor de la comunidad de Cajhuata; Melva Cruz Villca, ex Corregidora Auxiliar de Sonturo; Genaro García Flores, ex Corregidor Auxiliar de la comunidad de Chite; Edmundo Nina Huayllani, ex Corregidor de la comunidad de Tambillo; Adrián Huarachi Poma, ex Corregidor; Benjamín Huarachi Flores, Gerarda Arcaine de Huarachi, Hausen Huarachi Cayo, Emilio Veliz Huarachi, miembros, respectivamente, de la comunidad de Puqui, todos del departamento de Oruro, mediante informes escritos presentados el 5 de junio y 28 de julio de 2014 -el último luego de concluida la audiencia tutelar-, cursantes de fs. 135 a 137 vta.; y, 154 a  157 vta., sostuvieron lo siguiente: i) Ni las autoridades ni la comunidad determinó el alejamiento y aislamiento del hoy accionante; por lo que, no existe resolución de expulsión sólo se vertieron criterios o posiciones de comunarios a quienes no se identificó; ii) El accionante no precisa el nexo causal entre los hechos y la participación de los demandados; iii) El nombrado estuvo presente, participó y asumió defensa; por ello, no podría decir que fue sancionado sin juicio previo; y, iv) En ningún momento hubo maltrato físico ni psicológico en contra del accionante, mucho menos discriminación, tal es así que viene desarrollando normalmente sus actividades sociales y agrícolas, siendo más bien el accionante quien muestra antipatía a la comunidad de Puqui. En base a ello, solicitaron se deniegue la tutela.