SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

no se ha tomado ninguna sanción.

“Aquí esta; en el punto cinco, dice, es una partecita no más; está bien clarito, tal vez una partecito se puede leer algo y bien claro; entonces, es muy doloroso donde miente que me ha aislado, sanción; no se ha tomado ninguna sanción. Recuerdan, los hermanos de Puki también estaban; ahí está el Mallku mayor, ahí está la hermana Marha, su esposo también ellos explicarán que no había aislamiento y sanciones. Que se lea la acta mejor; ahí está; de aquicito empieza…” (página 50 del referido Informe Técnico).

En ese sentido, ésta Sala comparte las conclusiones a las que también arribó la Unidad de Descolonización, que indica: “…consecuentemente, inferimos que no hubo una determinación del cabildo de sancionar; sino fue tan sólo el pedido de la comunidad…” (el subrayado nos corresponde) (fs. 50 del Informe Técnico); puesto que, guarda relación con el acta descrita ut supra -ahora cuestionada- y el informe presentado por las autoridades demandadas, así como los antecedentes recogidos en el trabajo de campo encomendado a la Unidad Técnica antes citada; por ende, la justicia constitucional no puede examinar una sanción -alejamiento y aislamiento- que no fue determinada en la justicia indígena originario campesina.