SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

Si habido solución, no es que no; todos han aceptado;

Si habido solución, no es que no; todos han aceptado; ¿quién ha gastado a los abogados, tiempo, distancia, todas esas cosas?; pero los que han hecho llaga, la herida, que lo rellene, punto, ahí terminamos; vamos a levantar la mano; que se nombre una comisión aquí del pueblo, unos tres o cuatro personas, que hagan la investigación correspondiente, porque estamos llegando a esos extremos, por que acarrean consecuencias más allá; si quieren llegar a esa felicidad (…) se puede llegar, pero siempre y cuando que esas heridas estén curadas; no es posible que estemos manejando al extremo; cualquier borracho me dice; ahí está, la fiesta que hemos pasado 21 de septiembre; yo estuve borracho, como todo viejo con dos o tres copas se borracha; un vecino de debajo de la comunidad me ha dicho: 'usted es lik’ichiri', vas a probar (comprobarme) sin llorar; eso sí, hay consecuencias fatales” (fs. 55 del Informe Técnico) (el resaltado fue añadido).