Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 4 de septiembre de 2015, conforme consta en el acta cursante de fs. 424 a 429 vta., luego de dos suspensiones previas de 10 de julio del mismo año (fs. 260), y de 11 de agosto de igual año (fs. 331 y vta.), en presencia de la parte accionante, el representante del Ministerio de Gobierno, y John Wilson Díaz Vélez como terceros interesados, ausente la parte demandada, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Con relación al segundo
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 15
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 4)
- 5)
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 23
- REVOCAR