SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia se disponga: a) Dejar sin efecto la Resolución “sin fecha ni número” de 22 de octubre de 2015, a través de la cual el Juez demandado dispuso su detención preventiva sobre la base de una imputación con procedimiento abreviado ilegal; b) Dejar sin efecto la ilegal imputación formal de 20 de octubre de 2015, en la cual se hace mención a un procedimiento abreviado que nunca aceptó ni suscribió; c) Se disponga su inmediata libertad, declarando la nulidad de todas las actuaciones anteriores a la presente acción; y, d) Se dispongan medidas cautelares necesarias para evitar la consumación de la restricción a su derecho a la libertad, ordenando que el Juez demandado deje en suspenso la detención preventiva, hasta que no se resuelva la presente acción.
- acción de libertad
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 19
- III.3.1 Sobre la actuación de la defensora de oficio
- Fragmento 21
- III.3.3. Con relación a la actuación de la Fiscal de Materia