SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
III.3.3. Con relación a la actuación de la Fiscal de Materia
Finalmente, el accionante denunció que la autoridad fiscal demandada solicitó procedimiento abreviado sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa procesal penal, sin embargo, es necesario precisar que el acto lesivo reclamado carece de vinculación directa con su derecho de libertad por no operar como causa de su restricción o supresión, la cual deviene de la detención preventiva dispuesta por la autoridad judicial competente, así como tampoco se evidencia el absoluto estado de indefensión, puesto que el accionante tuvo la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa sin limitaciones, haciendo uso de los medios de defensa que el ordenamiento jurídico prevé, por lo que ante la inconcurrencia de los presupuestos necesarios que hubieren permitido a esta jurisdicción aperturar su competencia respecto al acto lesivo denunciado Fundamento Jurídico III.2. del presente fallo constitucional, no corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada debiéndose denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 19
- III.3.1 Sobre la actuación de la defensora de oficio
- Fragmento 21
- III.3.3. Con relación a la actuación de la Fiscal de Materia