SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Raúl Herrera Saavedra -padrastro de la víctima- a través de su abogado, en audiencia impetró se deniegue la tutela, refiriendo que el accionante en todo momento contó con abogado defensor desde el momento de la denuncia, las fotocopias que mostró el mismo son de dudosa procedencia y no presentó recurso de apelación dentro del plazo establecido, motivo por el que solicitó cesación a su detención preventiva, que luego retiró.
Yusefi Zambrana, Asesora Legal de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en audiencia de acción de libertad, solicitó se deniegue la tutela, ratificando lo expresado por la representante del Ministerio Público, la defensora de Oficio, la autoridad demandada y el tercero interesado, debido a que la víctima del delito de violación es una menor de ocho años.
- acción de libertad
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 19
- III.3.1 Sobre la actuación de la defensora de oficio
- Fragmento 21
- III.3.3. Con relación a la actuación de la Fiscal de Materia