DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016

Fecha: 29-Mar-2016

ARTÍCULO 1.-

ARTÍCULO 1.- (MARCO CONSTITUCIONAL DE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL). Es la norma fundamental de mayor jerarquía del ordenamiento jurídico y administrativo del Municipio, con sujeción a la Constitución Política del Estado, Ley Marco de Autonomías y Descentralización y demás leyes. Expresa las características particulares del Municipio de Bella Flor, declara y consagra en el marco de sus competencias municipales, los derechos y deberes de los habitantes del Municipio, define la estructura y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Municipal y establece la estructura de las normas institucionales del Municipio”.

ARTÍCULO 1.- (MARCO CONSTITUCIONAL DE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL). Es la norma institucional básica de mayor jerarquía del ordenamiento jurídico y administrativo del Municipio, con sujeción a la Constitución Política del Estado, Ley Marco de Autonomías y Descentralización. Expresa las características particulares del Municipio de Bella Flor, declara y consagra en el marco de sus competencias municipales, los derechos y deberes de los habitantes del Municipio, define la estructura y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Municipal y establece la estructura de las normas institucionales del Municipio”.