DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016

Fecha: 29-Mar-2016

ARTÍCULO 40.-

(antes art. 41) “ARTÍCULO 40.- (DE LA COMPOSICION DEL CONCEJO MUNICIPAL) El Concejo Municipal está constituido en base a lo establecido en la Ley de Régimen Electoral y serán electos bajo sufragio universal y un (1) concejal o concejala electo de forma directa mediante normas y procedimientos propios de los pueblos indígena originario campesino Tacana y Cavineño que son minoría en el municipio de Bella Flor en el marco de la Constitución Política del Estado Plurinacional”.