DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016

Fecha: 29-Mar-2016

error en la correlación de los parágrafos

Sin embargo, del análisis al contenido normativo del presente artículo, se evidencia un error en la correlación de los parágrafos; toda vez que existen dos parágrafos I, II y II; situación que debe ser subsanada por el estatuyente municipal de Bella Flor, con la finalidad de precautelar el principio de seguridad jurídica establecido en el art. 9.2 de la CPE; puesto que, al tratarse de una normativa institucional básica de carácter rígido, la misma debe contar con la debida coherencia a efectos de no generar incertidumbre o inseguridad jurídica en cuanto a su aplicación; por lo cual, ésta debe ser clara y expresa, de tal forma que los ciudadanos tengan presente de manera precisa cual la normativa que los rige, aspecto que no puede pasar inadvertido por este Tribunal; consecuentemente, se declara la incompatibilidad del ahora art. 21 con la Norma Suprema.