SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
II.1.
II.1. Cursa acta de lectura de la Sentencia 25/2015 de 25 de mayo pronunciada por el Juez de la Niñez y Adolescencia del departamento de Oruro dentro del proceso de extinción de autoridad paterna y materna seguido por Willy Alberto Lazo Maldonado y Redy Pilar Flores Delgado -hoy accionantes- contra César Adalid Lazo Maldonado y Miriam Blanca Cortez Rodríguez -ahora terceros interesados- (fs. 61); en cuyo mérito, la autoridad judicial declaró probada la demanda de extinción de autoridad paterna y materna de los últimos nombrados sobre su hijo NN, disponiendo que el niño quede bajo la guarda y tutoría de los hoy accionantes -tíos del referido menor-, dejando constancia el Juez que quedaban notificadas las partes (fs. 62 a 73).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- De esta forma es pacífica la noción de congruencia como la debida correspondencia entre las partes que componen un todo. A contrario sensu se entiende como resolución incongruente a aquella que no guarda una resolución lógica entre lo solicitado y lo resuelto.
- la autoridad competente para resolver el mismo está obligada de contestar y absolver cada una de las alegaciones presentadas y además de ello, debe existir una armonía lógico-jurídica entre la fundamentación y valoración efectuadas por el juzgador y la decisión que asume
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- CONFIRMAR en parte