Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2016-S1
Fecha: 11-Mar-2016
II.6.
II.6. El 27 de octubre de 2014, el Juzgado Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de La Paz, pronunció la Resolución 20/2014, resolviendo la demanda contenciosa tributaria, interpuesta por el accionante contra la Gerencia Distrital de La Paz del SIN, impugnando el Auto Administrativo de Inicio de Adjudicación Directa Previa al Remate CITE: SIN/GDLPZ/DJCC/UCC/AUT/00010/2014 de 4 de agosto, declarando no haber lugar a la admisión de la demanda, en razón de que el acto administrativo impugnado fue emitido en la etapa de ejecución tributaria (fs. 186 a 192).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. El acto administrativo, características y efectos jurídicos
- III.4. Análisis del caso concreto
- (Oportunidad de liberar los bienes objeto de disposición). I.
- CONFIRMAR