DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Sobre los numerales 4 y 5 del parágrafo I

Se declaró la incompatibilidad de los numerales 4 y 5 del parágrafo I del        art. 12 del proyecto original de Carta Orgánica, considerando que la norma institucional básica no puede incorporar requisitos adicionales para postular al cargo de concejal municipal. De la revisión del contenido normativo del proyecto de Carta Orgánica con adecuaciones, se tiene que el deliberante municipal suprimió los numerales antes citados; con ese antecedente y en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía de la misma; al haberse eliminado los numerales 4 y 5 del art. 12.I, no existe contenido dispositivo que confrontar; consecuentemente, no se realiza el control previo de constitucionalidad.