DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016

Fecha: 18-Abr-2016

Sobre los parágrafos II, III y V del texto original

Se declaró la incompatibilidad de los parágrafo II, III y V del art. 50 del proyecto original de Carta Orgánica; de la revisión del contenido normativo del proyecto de Carta Orgánica con adecuaciones, se tiene que el deliberante municipal suprimió los parágrafos antes citados; consiguientemente, en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar su supremacía; al haberse suprimido los referidos parágrafos, no existe contenido dispositivo que confrontar; consecuentemente, no se realiza el control previo de constitucionalidad.