Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2016
Fecha: 30-May-2016
Declarar de propiedad municipal
De forma irregular, con una superficie de 191. 9116 Hectáreas, destinados a la ZONA INDUSTRIAL de la ciudad de Villamontes, con la colindancias y dimensiones siguientes: Al Norte, mide 700,00 metros, colinda con el límite del radio urbano; al Sur, con el Canal de Riego, con una línea quebrada y mide 419.61, 96.97, 398.42,116.34 y130.08metros; al Este con el límite del Radio Urbano y mide 1995,23 metros y al Oeste, con la Avenida El Algarrobo y mide 2.143,94 metro”.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Admisión y citación
- 1)
- I.1.4.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- Declarar de propiedad municipal
- Art. 8.
- Art. 302.I.22
- Art. 399.II
- II.
- Art. 411.I
- FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- II.1. El control normativo de constitucionalidad no procede contra actos administrativos y disposiciones carentes del carácter normativo y general.
- de normatividad y generalidad
- A su vez se constituye en una acción directa, porque a través de ella la autoridad legitimada efectúa la impugnación sin que la supuesta incompatibilidad esté vinculada a la solución de un caso concreto
- tienen carácter normativo, es decir, aquellas que establezcan normas jurídicas, pues las resoluciones de carácter administrativo que resuelven casos concretos no forman parte de las normas objeto de control normativo de constitucionalidad por
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE