SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.6.
II.6. Por su parte, Margarita Carmen Domínguez Vda. de Flores y Carmelo Domínguez Ribera formularon también incidente de oposición y solicitaron abstenerse de librar mandamiento de desapoderamiento, respecto al bien inmueble objeto de la litis (fs. 582 a 586 vta.; 602 a 604, respectivamente); constando respuesta de la parte demandada del proceso ordinario, cuyos fallos dictados en todas las instancias fueron favorables a sus intereses, en virtud a la reconvención que presentaron; en sentido que el hoy accionante, Freddy Céspedes Domínguez, es hijo de la demandante Carmen Domínguez Ribera y nieto de María Aidé Ribera Ureña, no siendo por ende, un tercero y menos extraño como pretendía reflejar, careciendo de fundamentos, la oposición deducida de su parte (fs. 615 a 616).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1. De la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional: Excepción ante la constancia de daño inminente e irreparable
- 1. La protección puede resultar tardía. 2. Exista la inminencia de un daño irremediable e irreparable a producirse de no otorgarse la tutela
- en razón a que la apertura posterior de la tutela resultaría irreparable por tardía; atendiendo al fin de protección de la norma y a la eficacia que reclama todo derecho o garantía fundamental; en tales supuestos no es exigible el agotamiento de las vías ordinarias, abriéndose, consecuentemente la jurisdicción constitucional para otorgar en su caso, la tutela invocada
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- 1°
- 2° Llamar severamente la atención al Tribunal de garantías