Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
II.1.
II.1. Mediante título emitido por la Presidenta de la entonces Corte Superior de Distrito de Tarija-ahora Tribunal Departamental de Justicia-, el 25 de enero de 2011, en cumplimiento a la Resolución de Sala Plena 05/2011, del indicado Tribunal de Justicia, Walter Chumacero Salazar, fue nombrado “JUEZ DE INSTRUCCIÓN PRIMERO EN LO PENAL DE LA CAPITAL” (sic) de Tarija, siendo posesionado el 14 de febrero del mismo año (fs. 42 a 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- Fragmento 22
- III.3. La impugnación de los actos administrativos del Consejo de la Magistratura.
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte