Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció la vulneración de sus derechos al trabajo, la estabilidad laboral, a la familia, a la alimentación, a la salud y educación, a la libertad de residencia, a la dignidad y presunción de inocencia, y al debido proceso; por cuanto, considera que las autoridades demandadas al disponer su transferencia de Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija, a Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Caraparí del mismo departamento, sin que se haya postulado para este último cargo y mucho menos solicitado su traslado; por lo que, actuaron arbitrariamente, restringiendo sobre todo su derecho a la defensa por no haberle notificado oportunamente con la Resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- Fragmento 22
- III.3. La impugnación de los actos administrativos del Consejo de la Magistratura.
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte