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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2016-S1

    Fecha: 12-May-2016

    II.7.

    II.7.    Mediante nota de 20 de noviembre de 2015, dirigida a Freddy Sanabria Taboada, Presidente del Consejo de la Magistratura, el indicado Juez, haciendo referencia a las anteriores peticiones formuladas por medio del Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y la Encargada Distrital del mismo Consejo, solicitó se le notifique para asumir conocimiento de la Resolución 073/2015 (fs. 75 a 76).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.  Hechos que motivan la acción
    • I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3.  Intervención del tercer interesado
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • ñandereko
    • celeridad
    • se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
    • cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
    • Fragmento 22
    • III.3.  La impugnación de los actos administrativos del Consejo de la Magistratura.
    • El Estado garantiza el derecho al debido proceso
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en parte

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