SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0568/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

Fragmento 33

        A partir de una interpretación plural, el derecho a la vida, no puede ser entendido simplemente como el sentido de estar vivo, en contraposición al significado de muerte. Sino que tal cual se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.2., del presente fallo, el derecho a la vida, debe ser comprendido a partir del “suma qamaña”, no sólo como el hecho físico de vivir sino también, como todo este conjunto de relaciones sociales con un ambiente de acogida, como una vida digna, como ese “criar la vida”, como algo que se hace juntos, en sociedad, orientándonos entre otros propósitos, a mejorar la calidad de vida, de manera que se dignifique la vida familiar y comunitaria.