Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
II.3.
II.3. La entidad accionante, por intermedio de sus representantes, por memorial presentado el 21 de agosto de 2015, invocando la última parte del art. 304 del CPP, solicitó la reapertura del caso, acompañando a tal efecto los AASS 204 de 25 de junio y 356 de 5 de diciembre de 2012, SCP 1901/2014 de 25 de septiembre, y memorial de apelación de 28 de mayo de 2009, presentado dentro del proceso ejecutivo seguido por José Marco Gonzales Zenteno contra la referida institución edil (fs. 35 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Motivación y fundamentación en las resoluciones del Ministerio Público
- III.3. Valoración de la prueba
- ii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- REVOCAR