SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

III.

La entidad accionante a través de sus representantes considera vulnerados sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones, a recurrir el fallo ante el superior en grado y al patrimonio público; toda vez que, la autoridad fiscal demandada a momento de emitir la Resolución Jerárquica ERVA OR-D 16/2016, que confirmó el rechazo a la solicitud de reapertura del caso dispuesta por Resolución Fiscal de 15 de septiembre de 2015, no efectuó una debida fundamentación ni realizó una adecuada valoración de la prueba aportada.

iii)  En relación a la SCP 1901/2014 de 25 de septiembre, la Fiscal de Materia manifestó que: ‘“…el incumplimiento del Art. 197 del CPC no menoscabo el derecho de las partes, además que no está sancionado con nulidad; y, señala que la vía idónea para hacer la modificación con relación a las costas era la enmienda al tratarse de un error material no sustancia[l] debiendo ser corregido por los jueces de instancia”’ (sic), de lo expresado debe tenerse presente que el ilícito de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, no tienen como elemento el perjuicio o daño económico a la víctima como lo pretende la autoridad fiscal, siendo las características de los ilícitos denunciados diferentes, que no exige lo anteriormente referido, constituyéndose este elemento como nuevo y suficiente para su consideración con la finalidad de la reapertura del caso;