Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2016-S3
Fecha: 21-Sep-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de resolución congruente, motivada y fundamentada, a la doble instancia, a la impugnación, a la irretroactividad de la norma y a la defensa; así como los principios de legalidad, reserva de ley, seguridad jurídica, igualdad e imparcialidad, citando al efecto los arts. 115, 116, 117, 119, 123, 180.I, 232, 311 y 323 de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- AGIT-RJ 0940/2015
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 8
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando concurre el principio de subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse porque la parte utilizó recursos y medios de defensa.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- todos sus reclamos
- CONFIRMAR