SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2016-S3
Fecha: 21-Sep-2016
II.3.
II.3. Juan Carlos Mendoza Lavadenz, Gerente de GRACO a.i. La Paz del SIN -hoy tercero interesado-, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0197/2015, solicitando se anule dicha Resolución, a cuyo efecto el Director Ejecutivo a.i. de la AGIT -hoy demandado- emitió la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0940/2015 de 19 de mayo, resolviendo anular la citada Resolución de recurso de alzada impugnada, con reposición de actuados hasta la referida Resolución, a fin de que se emita una nueva, en la que se pronuncie sobre todos los argumentos planteados por la recurrente en su recurso de alzada, de conformidad con el art. 212.I inc. c) del CTB (fs. 82 a 100).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- AGIT-RJ 0940/2015
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 8
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando concurre el principio de subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse porque la parte utilizó recursos y medios de defensa.
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- todos sus reclamos
- CONFIRMAR