Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
II.4.1.
II.4.1. Recurso de apelación por memorial presentado el 15 de enero de 2016, por el ahora accionante, mediante el cual solicitó aceptar la apelación interpuesta contra el Auto de 7 de diciembre de 2015, debiendo remitirse el proceso ante el Tribunal superior en grado a objeto que emita su valoración y compulsados los actuados, revoquen el Auto recurrido y anulen obrados hasta el vicio más antiguo. (fs. 1341 a 1342).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- legal
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- II.3.
- II.4.
- II.4.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- 2)
- 4)
- REVOCAR