SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

arguyendo que lo que se determinó es que la carga se nacionalice a favor de su legítimo propietario

Una vez pronunciada la Resolución, el representante de la ANB, así como la apoderada de la empresa SUARCRON S.R.L., solicitaron complementación y enmienda, alegando que no se habría realizado una correcta valoración de las pruebas aportadas por todas las partes; a cuyo mérito, la Jueza de garantías señaló que se ratificaba in extenso respecto a la fundamentación realizada de la documentación presentada, arguyendo que lo que se determinó es que la carga se nacionalice a favor de su legítimo propietario, los trámites se realizarán conforme la Aduana lo vea conveniente. Asimismo, respecto a lo expresado por la empresa SUACRON, señaló que lo que se determinó por la prueba presentada, es que todos los productos son de propiedad de “BITUMINA INDUSTRIAL BOLIVIA S.A.”, si existe un contrato de SUACRON con KEYSTONE GROUP en Estonia, SUARCRON deberá acudir a la vía correspondiente para hacer prevalecer su derecho y que ésta última le envíe el producto que así hubieren convenido dentro del contrato para que se llegue a cumplir el mismo.