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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2017-S3

    Fecha: 31-Oct-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • SIEMPRE QUE SUS ESTIPULACIONES NO CONTRAVENGAN LEYES LABORALES Y SOCIALES EN ACTUAL VIGENCIA
    • derechos sociales
    • Armando Canaviri Callisaya
    • En cuanto a la tácita reconducción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 12
    • a)
    • I.3.3. Intervención de los terceros interesados
    • I.3.4. Intervención de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Presupuestos que hacen inejecutable las conminatorias de reincorporación laboral
    • no le corresponde a esta jurisdicción analizar y pronunciarse respecto a la legalidad o no del despido
    • Empero, de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa u omite uno de los elementos constitutivos del debido proceso como garantía jurisdiccional; en ese caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá imposibilitado de disponer se cumpla la conminatoria, ante la evidencia de su inejecutabilidad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • En cuanto a la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/EVG/03/2016
    • Respecto a la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/EVG/04/2016
    • Sobre la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/EVG/05/2016
    • III.3.  Otras consideraciones
    • REVOCAR en parte

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