AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017-O

Fecha: 07-Feb-2017

Fragmento 24

         Ahora bien, conforme a lo señalado por el art. 16.II del CPCo, corresponde a este Tribunal Constitucional Plurinacional conocer las denuncias por demora o incumplimiento en la ejecución de las resoluciones emitidas por este Tribunal; así como la ejecución en los procesos que directamente se presenten a éste, por lo que tomando en cuenta que en el presente caso ya se suscitó la denuncia por incumplimiento, que conforme a la disposición legal antes citada, permite que esta Sala que conoció en revisión la Resolución del Tribunal de garantías, ingrese directamente a resolver la denuncia formulada al tratarse de una denuncia acontecida en ejecución de fallos, al emerger de una denuncia de incumplimiento que ya fue resuelta por el Tribunal de garantías, corresponde ingresar al análisis de la citada denuncia.