SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

II.1.

II.1.  Dentro del proceso ordinario de reconocimiento de unión libre y ruptura unilateral seguido por Rosmery Añez Ojopi contra Lucio Gonzales Reinaga -ambos ahora terceros interesados-, se emitió la Sentencia 62/2014 de 17 de junio, que declaró improbada en parte la demanda ordinaria en cuanto al reconocimiento de la unión libre o de hecho, y probada con relación a los efectos señalados por el art. 172 del Código de Familia (CF) al existir buena fe de la primera nombrada al conformar hogar y constituir familia con el segundo nombrado, desconociendo la condición de casado de su conviviente; asimismo, se declaró la ruptura legal de la relación irregular sostenida entre los nombrados (fs. 274 a 280 del anexo); fallo que fue apelado y resuelto mediante Auto de Vista 127/2014 de 5 de noviembre, que revocó parcialmente la misma, determinando que: i) Se incluyan los bienes de los hechos no probados por la hoy tercera interesada como gananciales; es decir, los que se encuentren documentados de acuerdo al criterio de ese Auto de Vista y los demás que no cuenten con documentación respaldatoria, sean demostrables documentalmente en ejecución de sentencia; ii) En la vía incidental en ejecución de sentencia se resuelva la existencia de otros bienes gananciales previa demostración; y, iii) Se condene en costas en primera instancia (fs. 469 a 472 del anexo); el citado fallo fue ejecutoriado por Auto interlocutorio 072/2014 de 24 de noviembre (fs. 476 del anexo).