SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

II.2.

II.2.  El 12 de enero de 2015, Emma Chávez Argote de Gonzales -hoy accionante-, interpuso incidente de nulidad señalando que dentro del proceso ordinario de reconocimiento de unión libre o de hecho seguido contra su esposo -hoy tercero interesado-, nunca fue citada ni notificada con algún actuado, habiéndole causado indefensión al no integrarle al proceso como una litis consorcio, puesto que al ser esposa del demandado, es copropietaria de todos los bienes gananciales habidos en el matrimonio hasta “la fecha” y que la Jueza a quo no tomó en cuenta a momento de disponer dichos bienes; por ello, solicitó que se declaren nulas las actuaciones en el citado proceso hasta que se le cite con la demanda (fs. 497 a 499 vta. del anexo); el citado incidente fue declarado improbado, a través de Auto interlocutorio de 5 de febrero de dicho año pronunciado por Aida Alarcón Tereba de Cabrera -ahora codemandada- (fs. 531 a 532 vta. del anexo).