SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2017-s3
Fecha: 06-Mar-2017
III.2. El derecho a una resolución fundamentada
Una de las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o a una resolución motivada -judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.- que resuelva un conflicto o una pretensión, es lograr el convencimiento de las partes que la decisión no es arbitraria, sino que por el contrario observa el valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, el de razonabilidad y el de congruencia. Al respecto, la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre, identificó algunos supuestos en los que puede ser manifiesta la arbitrariedad, concluyendo: “…b.1) una 'decisión sin motivación', o extiendo esta es b.2) una 'motivación arbitraria'; o en su caso, b.3) una 'motivación insuficiente'.
b.1) Por ejemplo, cuando una resolución en sentido general (judicial, administrativa, etc.), no da razones (justificaciones) que sustenten su decisión, traducido en las razones de hecho y de derecho, estamos ante la verificación de una 'decisión sin motivación', debido a que 'decidir no es motivar'. La 'justificación conlleva formular juicios evaluativos (formales o materiales) sobre el derecho y los hechos sub iudice [asunto pendiente de decisión]'.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- En primer lugar
- En segundo lugar
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la valoración de la prueba en asuntos de fondo de procesos judiciales o administrativos, corresponde a la jurisdicción ordinaria o administrativa competente, no así al Tribunal Constitucional,
- III.2. El derecho a una resolución fundamentada
- sustenta su decisión con fundamentos y consideraciones meramente retóricas, basadas en conjeturas que carecen de todo sustento probatorio
- un supuesto de 'motivación arbitraria' es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso (SC 0965/2006-R de 2 de octubre), que influye, en ambos casos, en la confiabilidad de las hipótesis fácticas (hechos probados) capaces de incidir en el sentido, en los fundamentos de la decisión
- las resoluciones pronunciadas por el sumariante y demás autoridades competentes deberán estar fundamentadas en debida forma, expresando lo motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones
- de otros tribunales
- b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- SCP 0062/2015-S1 y la SCP 0871/2015-S3 de 17 de septiembre,
- quien deberá responder por la lesión al derecho fundamental y repararlo en forma inmediata será la autoridad o tribunal que tenga legalmente la atribución de conocer en última instancia, y por lo mismo, para el caso de no reparar la lesión al momento de resolver el recurso ordinario, es quien tiene la legitimación pasiva para ser demandado, responder y cumplir lo que se ordene en esta jurisdicción si se presentare Amparo
- ii)
- iii)
- iv)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 9)
- CONFIRMAR