SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2017-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2017-s3

Fecha: 06-Mar-2017

SCP 0062/2015-S1 y la SCP 0871/2015-S3 de 17 de septiembre,

Al respecto, corresponde señalar que las Sentencias posteriores de este Tribunal, así por ejemplo la SCP 0062/2015-S1 y la SCP 0871/2015-S3 de 17 de septiembre, retomaron y aplicaron el entendimiento asumido en la SCP 1202/2012 de 6 de septiembre que reiteró el criterio establecido en la SC 1095/2010-R de 27 de agosto, concluyendo que: “…quien deberá responder por la lesión al derecho fundamental y repararlo en forma inmediata, será la autoridad o tribunal que tenga legalmente la atribución de conocer en última instancia y, por lo mismo, para el caso de no reparar la lesión al momento de resolver el recurso ordinario, es quien tiene la legitimación pasiva para ser demandado, responder y cumplir lo que se ordene en esta jurisdicción si se presentare amparo” (las negrillas son nuestras).