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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2017-S3

    Fecha: 06-Mar-2017

    II.5.

    II.5.  Gabriela Cinthia Armijo Paz y Deysi Villagómez Velasco, Magistradas de la Sala Primera y Segunda, respectivamente del Tribunal Agroambiental -hoy codemandadas- emitieron la Sentencia Agroambiental Nacional                     S2a 032/2016 de 18 de abril, declarando “improbada” la denuncia y subsistente la RA-SS 1371/2013 (fs. 825 a 841 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • i)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • en calidad de terceros interesados
    • los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo,
    • CONFIRMAR

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